La desnaturalización alegada empezó con el Decreto Legislativo 896, publicado el 24 de mayo de 1998, al señalar que la ventaja obtenida por medio de la extorsión podía ser económica o “de cualquier otra índole”, y ocurre porque se desconoce la naturaleza patrimonial del delito de extorsión.
Comose trata de un agravio a la tenencia, para ser sujeto pasivo no es indispensable que se trate del propietario de la cosa. El daño con que se amenaza puede hacerse recaer sobre el propio sujeto pasivo o sobre un tercero, con relación al cual el sujeto pasivo tenga cualquier interés en preservar el bien que se le va a afectar como propio.
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extorsion se amenaza con otra cosa